Convenio de la Seguridad Social entre España y Canadá para no funcionarios

Started by adrian, 21 July 2017, 11:35:02

Previous topic - Next topic

adrian


Adjunto el correo de Rodolfo al respecto:


Hola a todos.

Esta información es importante para los que venís y no sois funcionarios.

Tenéis la posibilidad de suscribir un convenio por unos 166 Euros al mes, lo cual hace que el periodo de tiempo que estéis en Canadá trabajando os cuente de cara a la jubilación. Hay que pensar en el futuro y protegerse.



El convenio empezaría a partir del día que dejáis de cotizar en España y empezáis en Canada. El contrato en Canadá suele empezar el 30 de agosto pero como hasta el 31 de agosto estáis cotizando en España, en realidad empezaría el 1 de septiembre.  Podéis hacer todos los trámites durante el mes de agosto antes de marcharo. Podéis utilizar el contrato de trabajo del distrito y el permiso de trabajo emitido por las autoridades canadienses para demostrar que vais a trabajar de docentes en CanadáEl pago es trimestral y como os decía antes son uno 166 euros al mes.Podés encontrar información más detallada e impresos de solicitud en los adjuntos.Un cordial saludo.

MARIACLIM


MARIACLIM

Creo que se pueden enviar por sede electrónica.
Formularios del Registro Alta en Convenio Especial


Hace falta firma electrónica para poder adjuntar documentos.




Sonia

Rodolfo nos dice que lo podemos ir tramitando desde España, pero en el formulario, en la sección de documentos a adjuntar, dice:
* Original o copia del permiso de trabajo o de estancia, expedida por las autoridades correspondientes del país de inscripción, compulsada por la Consejería de Trabajo yAsuntos Sociales o por el Consulado español en dicho país, o
* Certificado de trabajo expedido por la empresa -compulsado y traducido- por la embajada y certificado de residencia expedido por la embajada

por lo que no parece que lo podamos "ir haciendo" aqui.

Por otra parte, mañana iré a la Seguridad Social porque hay algo que no me cuadra: entre Canadá y España hay un convenio de doble imposición que si ya estás cotizando en Canadá y a la vez cotizas en España, estás cotizando doblemente y al solaparse ambas,  una no vale, no suman, o sea que pagas un poco en balde. Mañana consulto y corroboro esto.

ramon.cutanda

Algunos comentarios del grupo de Whatsapp:

Quote from: SoniaCon respecto a lo de la jubilación: actualmente para poder cobrar la jubilación hay que tener cotizados en España 15 años y al menos, dos de ellos, deben ser en los últimos 15 años previos a la edad de jubilación. Si no tuvieses cotizados los 15 años pero si cotizaste al menos 2 en los últimos 15 se te sumarían los cotizados en otros países con los que España tuviese un convenio bilateral como es el caso de Canadá y USA. Y si entre todos los paises suman 15, se podría cobrar la jubilación.
Ahora bien, si cotizas en dos lugares durante el mismo periodo,  se estarían solapando y por tanto, una de las cotizaciones se estaría haciendo en vano. A no ser que (y eso es lo que voy a preguntarle a Rodolfo) podamos recuperar lo cotizado en Canadá al marchar, de forma que no lo habríamos pagado en realidad, si es que lo devuelven. Lo que también está claro es que la ley, de aquí a que nos jubilemos, puede cambiar radicalmente y son temas complejos que a veces ni los propios funcionarios o personal de las administraciones tienen muy claro.

Quote from: VicenteYo he hablado con la Seguridad Social del tema de jubilación, y en efecto.  Existe un convenio bilateral con Canadá y EE.UU.  Lo cotizado aquí (si no se retira el dinero al marcharse) sirve de años cotizados en España y al revés si es que alguno se jubila por estas tierras.  Imagino que sumarán años además de la base mínima que están en 15 años, pero a saber como anda la cosa cuando nos toque tratar el tema. 

Sobre requisitos de edad para la jubilación (enlace por Madi):

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionordinaria/Requisitos/177422

Javi PA

Hola a todos.
María y yo hemos ido hoy a la oficina de Tesorería de Seg.Social en la Calle de La Cruz (Sol, Madrid).
Una visita larga de ventanilla en ventanilla (menudo lio tienen montado) con mas sombras que luces.

Tal y como explicaron los compañeros, nos han comentado que el convenio ordinario existe para cualquier trabajador q resida en el extranjero y quiera cotizar en España mientras está fuera.
(Con derecho a contingencias comunes: Atención médica, jubilación, pensión de invalidez, etc...).
Incluso salen estos años reflejados en la vida laboral.
A efectos de jubilación, funciona exactamente igual que si hubieras trabajado en España.

Según nos han informado, la normativa cambia cada año, pero uno puede elegir cotizar el Maximo (que no tiene sentido, sacan la base en función de tus ultimos 12 meses) o el mínimo (como si fueras autónomo, q son cotizados 913 euros al mes).

El hombre nos ha hecho el cálculo, salían unos 215€ mensuales.

Como dice María, la solicitud se entrega en tu Tesoreria correspondiente a tu Cod.Postal antes de los 90 días siguientes a tu fin de contrato....o si lo haces mas tarde, empezaría a contar desde la entrega.
Lo puede presentar alguien por tí, en el caso de encontrarte y a en Canada, mediante un "Autoriza".

Adicionalmente, nos comenta que pasado un año de tu ultima cotización, ya no puedes acogerte al convenio ordinario, pero si al Extraordinario que parece ser q pagas algo menos y tiene ciertas restricciones de cotizacion (pero no ha sabido decirnos cuales).

Lo que tampoco ha sabido decirnos es si estamos obligados a hacer declaracion de la renta en España y pagar por los ingresos de Canada...en cuyo caso entiendo q NO merece la pena todo esto...o estamos exentos ya q ese dinero ha sido taxado en Canada.

Coincide esto con algo de lo q os han comentado??
(Empiezo a creer q cada persona de la Administración te cuenta algo diferente)