Información de interés sobre la declaración de la renta en España

Started by ramon.cutanda, 15 April 2019, 03:23:18

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ramon.cutanda

AVISO PREVIO: Comparto esta información con la mejor de mis intenciones ofreciendo aquellos datos que considero de interés. Sin embargo, *NO PUEDO GARANTIZAR LA EXACTITUD DE ESTA INFORMACIÓN NI QUE SE AJUSTE A CADA CASO PERSONAL* Por lo tanto, cada uno de vosotros, y no yo, será responsable de las decisiones o actuaciones que realicéis en todo lo relativo al pago de impuestos en España/Canadá.

NOTA: ESTE TEXTO HA SIDO COMPLETAMENTE REESCRITO CON RESPECTO A LA REDACCIÓN INICIAL Y, AUNQUE PUEDE SER DE UTILIDAD EN OTROS CASOS, ESTÁ ESPECÍFICAMENTE REDACTADO PARA PROFESORES VISITANTES.

Tras consultar en la sección de no residentes de la delegación de la Agencia Tributaria de Murcia me indicaron que:

1. El primer año como profesor visitante, somos residentes en España porque tendremos aquí nuestra residencia habitual más de 183 días. Por lo tanto, estamos obligados a hacer la declaración de la renta en España durante nuestro primer año como profesores visitantes. En esa declaración NO ES NECESARIO INCLUIR LAS GANANCIAS OBTENIDAS EN CANADÁ (de septiembre a diciembre), que se declararán en Canadá.

2. Como nuestro contrato de Canadá termina el 30 de junio, estamos justo en el límite de esos 183 días en los que somos residentes de un país u otro. Pero como lo normal no es regresar a España el 1 de julio, si no quedarnos en Canadá al menos un par de semanas más (terminar papeleos, turismo...) pues "cuela" de lo de ser residente en Canadá ese año. Eso implica que solo estaremos obligados a hacer la declaración en España si, en España, hemos ganado de julio a diciembre el año de nuestro regreso más de 22.000 euros. Esos 22.000 euros son el límite de exención de renta en el momento de escribir estas líneas, (abril de 2019). En mi caso, tengo que pagar 40€ si la presento, así que solo he hecho la de Canadá, ya que allí me devolvían unos 800 CAD. En el caso de que saliera a devolver, pues se pueden presentar las dos y, por el convenio entre Canadá y España, solo tenemos que declarar en cada país lo que hemos ganado en ese país.

3. Por último, mi borrador de la renta de España de este año me indica que tengo que declarar ganancias del extranjero. El motivo, según me indicaron en mi delegación local, se debe a que a ellos no les constaba que durante el año anterior fuera residente en el extranjero y, por tanto, no tienen constancia de que haya tributado allí. Probablemente me citarán próximamente para demostrar que, durante ese año, estuve residiendo en el extranjero y que tributé allí. Si finalmente me citan, actualizaré con más información.

Saludos,

ramon.cutanda

He reescrito por completo el mensaje anterior con información actualizada.