Hola a todos.
María y yo hemos ido hoy a la oficina de Tesorería de Seg.Social en la Calle de La Cruz (Sol, Madrid).
Una visita larga de ventanilla en ventanilla (menudo lio tienen montado) con mas sombras que luces.
Tal y como explicaron los compañeros, nos han comentado que el convenio ordinario existe para cualquier trabajador q resida en el extranjero y quiera cotizar en España mientras está fuera.
(Con derecho a contingencias comunes: Atención médica, jubilación, pensión de invalidez, etc...).
Incluso salen estos años reflejados en la vida laboral.
A efectos de jubilación, funciona exactamente igual que si hubieras trabajado en España.
Según nos han informado, la normativa cambia cada año, pero uno puede elegir cotizar el Maximo (que no tiene sentido, sacan la base en función de tus ultimos 12 meses) o el mínimo (como si fueras autónomo, q son cotizados 913 euros al mes).
El hombre nos ha hecho el cálculo, salían unos 215€ mensuales.
Como dice María, la solicitud se entrega en tu Tesoreria correspondiente a tu Cod.Postal antes de los 90 días siguientes a tu fin de contrato....o si lo haces mas tarde, empezaría a contar desde la entrega.
Lo puede presentar alguien por tí, en el caso de encontrarte y a en Canada, mediante un "Autoriza".
Adicionalmente, nos comenta que pasado un año de tu ultima cotización, ya no puedes acogerte al convenio ordinario, pero si al Extraordinario que parece ser q pagas algo menos y tiene ciertas restricciones de cotizacion (pero no ha sabido decirnos cuales).
Lo que tampoco ha sabido decirnos es si estamos obligados a hacer declaracion de la renta en España y pagar por los ingresos de Canada...en cuyo caso entiendo q NO merece la pena todo esto...o estamos exentos ya q ese dinero ha sido taxado en Canada.
Coincide esto con algo de lo q os han comentado??
(Empiezo a creer q cada persona de la Administración te cuenta algo diferente)